La buena regulación es un signo de progreso

Eduard Rodellar

EL GLOBAL

La forma de legislar de un país determina en gran medida la eficiencia (o ineficiencia) en su avance económico y social. Un buen ejemplo de ineficiencia lo tenemos en un asunto resuelto por nuestro Tribunal Supremo el pasado mes de diciembre. Dicho tribunal anulaba el Real Decreto 639/2014, regulador de la troncalidad y otros aspectos del sistema de formación sanitaria especializada en Ciencias de la Salud. La nulidad se fundó en la insuficiencia (que no inexistencia) de la Memoria de Impacto Normativo de la citada norma, en concreto en el análisis de sus aspectos económicos y presupuestarios. La Memoria se limitaba a indicar que ese Real Decreto no tenía porqué tener “necesariamente” implicaciones económicas para las Comunidades Autónomas (competentes en materia de formación sanitaria especializada y, por tanto, las encargadas de implantar ese Real Decreto). Por el contrario, la prueba pericial practicada en el juicio cifró nada menos que en unos mil millones de euros el coste total que tendría la aludida implantación. La nulidad del Real Decreto comporta ahora que deba volverse atrás en su tramitación para corregir el problema causante de dicha nulidad (problema, por cierto, que ya había sido denunciado durante la tramitación inicial del proyecto). Vamos, todo un paradigma de ineficiencia.

Al margen de la importancia de esta decisión judicial, quiero llamar la atención aquí sobre la relevancia de estas Memorias. Su finalidad no es otra que garantizar que cuando se elabora y aprueba un proyecto normativo se cuenta con la toda la información necesaria para estimar el impacto que la norma supondrá para sus destinatarios. Para ello, resulta imprescindible estudiar los motivos y oportunidad de la norma, valorar las diferentes alternativas existentes para la consecución de los fines que persigue y analizar detalladamente las consecuencias jurídicas y económicas que tendrá desde diversos puntos de vista (de la competencia, presupuestario, de impacto de género y de distribución de competencias, entre otros).

En España esta exigencia ya se previó en la Ley 50/1997, del Gobierno. Existe incluso una “Guía Metodológica para la elaboración de la Memoria del Análisis de Impacto Normativo”, que va en la línea de las pautas marcadas en 2005 por la Comisión Europea (Comunicación “Legislar mejor para potenciar el crecimiento y el empleo en la Unión Europea”). La última referencia destacable la encontramos en la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público. Dicha Ley impone a los poderes públicos el deber de velar por el cumplimiento de los llamados “principios de buena regulación” (necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia). Pese a todo ello, en la práctica no pocas veces aún se dictan normas sin tener en cuenta suficientemente todos los anteriores aspectos. Si a esto le unimos la propensión a los cambios normativos constantes y, en ocasiones, las duplicidades entre regulaciones del Estado y Comunidades Autónomas, el lío puede ser considerable, teniendo como resultado normas complicadas, costosas y difíciles de aplicar.

Por el contrario, una buena regulación, previendo de antemano los factores que pueden incidir en la aplicación de la norma, incentiva la actividad empresarial y ayuda a minimizar costes y evitar conflictos. Garantiza, asimismo, la seguridad jurídica y, en consecuencia, la eficacia de la aplicación y cumplimiento de las normas. En suma, contribuye a que un país sea un lugar más atractivo para invertir, trabajar y, como no, para vivir. En definitiva, es un signo de progreso que todos debemos reivindicar.

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