Si Vueling vendiese medicamentos…
EL GLOBAL
La semana pasada se cumplió el plazo para publicar las transferencias de valor con origen en la industria farmacéutica y destino en las organizaciones y profesionales sanitarios. Comentando el tema con personas ajenas al sector, no pocas se preguntaban si las compañías farmacéuticas no se habrían pasado de frenada. Es una reflexión legítima desde el desconocimiento, que recuerda la posición que, dentro del mismo sector, algunos mantenían hace diez años. Todo esto demuestra que la industria farmacéutica se anticipó a una realidad social que exige mayor rigor y transparencia en la gestión de asuntos sensibles.
Al poco de publicarse la noticia sobre esta cuestión, en el Aeropuerto de Barcelona se vivieron días caóticos a raíz de la imposibilidad de Vueling de cumplir con los compromisos que había adquirido con los usuarios que habían reservado, comprado y pagado un vuelo con esta compañía. Los medios airearon historias de personas a las cuales se les había causado un perjuicio serio, y pudimos constatar cómo la deficiente gestión de Vueling dañaba a la marca España, a la marca Catalunya y a la marca Barcelona. En épocas donde nuestra economía depende en buena parte del turismo, episodios como éstos son graves, lo cual llevó a la ministra Ana Pastor a actuar de forma directa ante los responsables de la compañía.
Observando esta situación, me asaltó la pregunta de qué sucedería si la ministra Ana Pastor fuese actualmente la Ministra de Sanidad y si Vueling, en vez de vender pasajes aéreos, fuese una compañía farmacéutica que hubiese incumplido sus compromisos con la administración que le ha autorizado para comercializar medicamentos, y con los profesionales y pacientes que confiaban en sus productos para prevenir o curar enfermedades.
Analizando la cuestión desde el plano jurídico, constaté que las consecuencias administrativas del incumplimiento de las normas de seguridad en el tráfico aéreo son mucho más laxas que las del incumplimiento de las normas relativas a los medicamentos. De acuerdo con Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea, si una compañía incumple la obligación de asegurar la continuidad en la prestación de sus servicios con el nivel de seguridad exigido, este hecho puede ser sancionado con un máximo de 45.000 euros. Si el incumplimiento provoca un incidente grave de aviación la multa máxima es de 90.000 euros; y si se causa un accidente donde fallecen personas, la compañía recibirá una sanción máxima de 225.000 euros.
Frente a esta normativa aplicable a Vueling, resulta que si el titular dela autorización de comercialización de un medicamento incumple su obligación de tener suficientemente abastecido el mercado, de modo adecuado y continuado; o si realiza publicidad de un medicamento sin ajustarse a las normas aplicables, la sanción que se le puede imponer podría llegar a alcanzar la cifra de 1.000.000 euros. La misma sanción podría imponerse a una farmacia que no disponga de las existencias de medicamentos adecuadas para la normal prestación de sus servicios.
Es cierto que en ambos sectores la administración puede suspender o incluso revocar las autorizaciones de funcionamiento que habría concedido; pero esta asimetría en el tratamiento de las situaciones me hace pensar que las cosas nos irían mucho mejor a todos si otros sectores se exigiesen a sí mismos el nivel de rigor que se ha impuesto a sí misma la industria farmacéutica. Sea como fuere, la ministra Pastor hará bien si deja claro que las licencias para operar ciertos servicios sólo deben mantenerlas quienes pueden prestarlos adecuadamente.