Las compañías ya pueden promocionar sus productos directamente a los profesionales de enfermería

Real Decreto 954/2015 sobre la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de los enfermeros

Carmela Losada

Capsulas Nº 167

Antecedentes

El 24 de diciembre entró en vigor el Real Decreto 954/2015. La posibilidad de que los profesionales de la enfermería pudiesen indicar el uso de algunos medicamentos se introdujo en el año 2009 en la Ley de garantías y uso racional del medicamento. El legislador pretendía dar cobertura legal a una actuación habitual en la práctica diaria de hospitales y centros sanitarios que hasta el momento no había sido amparada por nuestro ordenamiento. El nuevo decreto, por tanto, constituye el desarrollo reglamentario de lo ya dispuesto en la ley.

Nuevas potestades

Los enfermeros podrán indicar, usar y autorizar la dispensación de ciertos medicamentos. Para los medicamentos sin receta, los enfermeros que dispongan de una acreditación emitida por al Ministerio de Sanidad podrán llevar a cabo dichas actuaciones mediante la correspondiente orden de dispensación.

En cuanto a los medicamentos de prescripción, los enfermeros podrán intervenir si disponen de la acreditación emitida por el Ministerio, si el médico prescriptor ha diagnosticado al paciente y prescrito el medicamento; y si además ha especificado el protocolo o guía clínica asistencial que el enfermero deba seguir. Recordemos que los médicos, odontólogos y podólogos, son los únicos profesionales que pueden prescribir medicamentos sujetos a prescripción médica.

En definitiva, la indicación de los medicamentos de prescripción se llevará a cabo únicamente para garantizar la continuidad de los tratamientos ya instaurados por los prescriptores, quedando sometida además, a los protocolos y guías que apruebe la Comisión Permanente de Farmacia del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud responsable de su elaboración.

Promoción dirigida a enfermeros

Por otro lado, una novedad importante introducida por el Real Decreto 954/2015 es la posibilidad de que las empresas promocionen sus medicamentos directamente a los profesionales de la enfermería. Actualmente, por tanto, los enfermeros pueden recibir material informativo y promocional de medicamentos, pueden ser visitados por las compañías y pueden beneficiarse de hospitalidad moderada ofrecida en el marco de eventos de carácter científico o profesional.

Una cuestión abierta

A pesar de que este decreto constituye un avance, es posible que veamos ciertos cambios en un futuro próximo. El Tribunal Supremo ha admitido a trámite varios recursos presentados contra el mismo, con lo que parece que el debate sobre la “prescripción enfermera” sigue abierto.

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