Las matrices responden de sus filiales si ejercen una influencia determinante en su actuación en el mercado
Sentencia de Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 27 de enero de 2021, en el asunto C-595/18 Goldman Sachs
Capsulas Nº 215
En esta sentencia, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) confirma la responsabilidad de una sociedad matriz por la participación de su filial en un cartel constitutivo de una infracción única y continuada del artículo 101 TFUE en el sector de los cables de energía de alta tensión subterráneos o submarinos. La sociedad era la matriz indirecta, ostentaba la propiedad de la filial a través de un fondo de inversión y de otras sociedades intermedias.
Influencia determinante y participaciones indirectas
Según la doctrina del TJUE, cuando se trata de decidir si una matriz debe responder por los incumplimientos de las normas de competencia de una filial, lo esencial es determinar si la matriz ejerce de forma efectiva una influencia determinante sobre su filial o no.
Si la matriz ostenta la totalidad o la cuasi totalidad del capital de la filial, se presume que la matriz ejerce dicha influencia determinante. En el presente caso, el TJUE mantiene que no es relevante que la titularidad de las participaciones de la filial se ostente a través de vehículos de inversión intermedios en los que la matriz no ostenta la mayoría. Si la matriz, a través de la estructura corporativa que sea, controla todos los derechos de voto asociados a las acciones de la filial, se puede aplicar la presunción de influencia determinante. La existencia de estos vínculos es suficiente para presumir la influencia determinante, sin que sea necesario que la Comisión aporte indicios adicionales.
Llegados a este punto, la matriz puede rebatir la presunción. Para ello, y para quedar exenta de responsabilidad por los actos de la filial, deberá probar que ésta opera de manera autónoma en el mercado; que no se limita a aplicar las instrucciones que le imparte la sociedad matriz.
Influencia determinante de facto
En casos como el que comentamos, en el cual puede ser complicado probar que la matriz controla los derechos de voto de la filial, la Comisión también podría acreditar la existencia de influencia determinante mediante otros medios; por ejemplo probando que la matriz tiene la posibilidad de determinar la estrategia económica y comercial de la filial.
En este ámbito será especialmente importante analizar, de forma conjunta, los vínculos económicos, organizativos y jurídicos que unen las dos entidades. Esto es lo que, según señala el TJUE, permite atender a la realidad económica. Además, dice la sentencia, la existencia de una unidad económica constituida por la sociedad matriz y su filial puede nacer no solo de las relaciones formales entre ellas, sino también de manera informal, en especial a raíz de simples lazos personales existentes entre los miembros de las empresas.
La sentencia también recuerda que en estos casos es necesaria una valoración de conjunto de la situación, y que el ejercicio efectivo de la influencia determinante puede deducirse de una acumulación de circunstancias concordantes, aunque ninguna de dichas circunstancias, consideradas aisladamente, sea suficiente para acreditar la existencia de tal influencia.