Cosméticos seguros

Anna Gerboles

El Global

Los cosméticos, como productos destinados a estar en contacto con las partes superficiales del cuerpo humano, o con los dientes y las mucosas bucales, deben cumplir con un requisito primordial: la seguridad. Tanto la normativa europea (Reglamento 1223/2009) como la española que la desarrolla (Real Decreto 85/2018), dedican buena parte de su articulado a los requisitos de seguridad que deben cumplir los cosméticos para ser puestos en el mercado. Una pieza clave en este ámbito es el Sistema Español de Cosmetovigilancia, coordinado por la propia AEMPS, destinado a la recogida, evaluación y seguimiento de la información sobre los efectos no deseados observados como consecuencia del uso normal o razonablemente previsible de los productos cosméticos.

A diferencia de los medicamentos, los cosméticos no requieren de una autorización previa por parte de las autoridades competentes para ser puestos en el mercado, recayendo en el responsable de la puesta en el mercado la obligación de garantizar su seguridad. No hay, por tanto, una validación previa de este elemento por parte de las autoridades.

No obstante, con el fin de garantizar esta tan preciada seguridad, la normativa sí establece varias obligaciones como son el cumplimiento de las buenas prácticas de fabricación en la elaboración de productos cosméticos, o la obligación de evaluar la seguridad de las sustancias, aportando para ello orientación, en cooperación con los órganos competentes, acerca de las metodologías de ensayo y evaluación. De todo ello resulta que, para introducir cosméticos en el mercado, se requiere que el responsable notifique este hecho a las autoridades, aportando un informe de seguridad realizado conforme al artículo 10 del Reglamento 1223/2009.

En este contexto, toda iniciativa encaminada a definir los parámetros concretos sobre cómo evaluar y garantizar la seguridad de los cosméticos y sus componentes, siempre es bienvenida para la industria, y más si ésta viene refrendada por las autoridades. Este es el caso de la reciente guía elaborada conjuntamente por la AEMPS y la Asociación Nacional de Perfumería y Cosmética (Stanpa), y dirigida a establecer las pautas técnicas para la producción de cosméticos seguros desde el punto de vista microbiológico y de conservación.

A través de esta guía, se actualiza el conocimiento científico para obtener productos cosméticos y materias primas seguras desde el punto de vista microbiológico durante toda su vida útil, y también evitar la sobredosificación o adición de conservantes no necesarios. Así, la guía recopila información, para todos los ingredientes que necesitan conservación, con el fin de presentar un sistema conservante adecuado, incidiendo en la importancia de definir una concentración correcta en función de la naturaleza y las necesidades del cosmético.

La publicación de esta guía, con el aval de la AEMPS, es una muy buena noticia para el sector, puesto que genera confianza en los operadores de que los procedimientos de autoevaluación de seguridad de los cosméticos son conformes. Pero, sobre todo, es muy buena noticia para los propios consumidores de los productos cosméticos pues, en definitiva, se fortalece la seguridad de estos productos.

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